El GAD Parroquial Aguas Negras, ante los acontecimientos presentados por la llegada del
COVID-19 a nuestro País y por ende a nuestro Cantón, en uso de sus facultades Resuleve:
RESUELVE:
Art. 1.- Declarar la Emergencia Parroquial, en virtud a la Pandemia Pronunciada por la OMS, por el brote del COVID 2019, (CORONAVIRUS).
Art. 2- Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a la atención oportuna y eficaz al sector prioritario de la Parroquia Aguas Negras.
Art. 3.- Para enfrentar la emergencia y exclusivamente en relación con el objeto de la misma, el GAD Parroquial dentro de sus correspondientes competencias, bajo su responsabilidad, y de conformidad con los procedimientos legales pertinentes, procederán con las acciones que fueren del caso para mitigar, prevenir, coordinar y ejecutar la respuesta necesaria de
respuesta en el territorio, a fin de precautelar la seguridad de las vidas humanas; incluirá la movilización de recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros disponibles.
Art. 4.- La Administración General del GAD Parroquial de Aguas Negras, facilitará y velará por la optimización de los recursos financieros requeridos para la atención de la presente emergencia, en tal virtud organizará los correspondientes traspasos, suplementos, reducciones y demás herramientas presupuestarias pertinentes dentro del presupuesto del GADPRAN aprobado, a que hubieren lugar, de conformidad con las disposiciones legales vigentes pertinentes.
Art. 5.- La presente Resolución será informada oportunamente al Concejo Directivo del GAD Parroquial con las acciones derivadas de su aplicación.
Disposición General.- Esta Resolución Administrativa no tiene el propósito de justificar los procedimientos especiales de contratación en situaciones de emergencia previstos en el artículo 6 número 31 y artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP); por lo que de requerirlo, cada responsable de gasto público de las Entidades, en el ámbito de su competencia, aplicará la LOSNCP, su Reglamento General de Aplicación y Resoluciones del SERCOP para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios incluidos los de consultoría, para lo cual deberá contar con los respaldos técnicos, financieros y jurídicos respectivos.
Disposición Final.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, dado en la sala de Sesiones del GAD Parroquial de Aguas Negras, a los 16 días de marzo de 2020.
RESUELVE:
Art. 1.- Declarar la Emergencia Parroquial, en virtud a la Pandemia Pronunciada por la OMS, por el brote del COVID 2019, (CORONAVIRUS).
Art. 2- Coordinar y ejecutar acciones encaminadas a la atención oportuna y eficaz al sector prioritario de la Parroquia Aguas Negras.
Art. 3.- Para enfrentar la emergencia y exclusivamente en relación con el objeto de la misma, el GAD Parroquial dentro de sus correspondientes competencias, bajo su responsabilidad, y de conformidad con los procedimientos legales pertinentes, procederán con las acciones que fueren del caso para mitigar, prevenir, coordinar y ejecutar la respuesta necesaria de
respuesta en el territorio, a fin de precautelar la seguridad de las vidas humanas; incluirá la movilización de recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros disponibles.
Art. 4.- La Administración General del GAD Parroquial de Aguas Negras, facilitará y velará por la optimización de los recursos financieros requeridos para la atención de la presente emergencia, en tal virtud organizará los correspondientes traspasos, suplementos, reducciones y demás herramientas presupuestarias pertinentes dentro del presupuesto del GADPRAN aprobado, a que hubieren lugar, de conformidad con las disposiciones legales vigentes pertinentes.
Art. 5.- La presente Resolución será informada oportunamente al Concejo Directivo del GAD Parroquial con las acciones derivadas de su aplicación.
Disposición General.- Esta Resolución Administrativa no tiene el propósito de justificar los procedimientos especiales de contratación en situaciones de emergencia previstos en el artículo 6 número 31 y artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP); por lo que de requerirlo, cada responsable de gasto público de las Entidades, en el ámbito de su competencia, aplicará la LOSNCP, su Reglamento General de Aplicación y Resoluciones del SERCOP para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios incluidos los de consultoría, para lo cual deberá contar con los respaldos técnicos, financieros y jurídicos respectivos.
Disposición Final.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, dado en la sala de Sesiones del GAD Parroquial de Aguas Negras, a los 16 días de marzo de 2020.
Sr. Enrique Diaz Guevara.
PRESIDENTE DEL GAD PARROQUIAL AGUAS NEGRAS